Aviso Legal

Fundación Mexicana de Vivienda es una organización sin fines de lucro con domicilio en Av. Vasco de Quiroga 3000, colonia Santa Fe Zedec, alcaldía Alvaro Obregón, Código Postal 01376, en la Ciudad de México y perteneciente a SUMANDO HOGARES POR MEXICO A.C. con domicilio en Calle Nueva Francia 98, colonia Prados Cuernavaca, Cuernavaca Morelos, Código Postal 62239. Ambas Asociaciones operan con el CLUNI AJE08120317916 emitido por la Secretaría del Bienestar, a través del Registro Federal de las Organizaciones de la Sociedad Civil.

DECLARACIONES

I. Declaran que la asociación tendrá fines sociales, humanitarios y de apoyo comunitario, orientados principalmente al acceso digno a la vivienda, asistencia social, orientación jurídica y promoción de programas de desarrollo para familias mexicanas.

II. Declaran que designan como Director General y Representante Legal al ciudadano:

Víctor Hugo Luque Salcedo quien acepta el cargo conferido

En virtud de lo anterior, los comparecientes acuerdan sujetarse a las siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. DENOMINACIÓN

La asociación se denominará

“FUNDACIÓN MEXICANA DE VIVIENDA”

SEGUNDA. DOMICILIO

El domicilio legal de la asociación será Prolongación Vasco de Quiroga 3000, colonia Zedec Santa Fe, alcaldía Alvaro Obregón en la Ciudad de México Código Postal 01210, sin perjuicio de establecer oficinas, representaciones o delegaciones en cualquier parte de la República Mexicana o del extranjero.

TERCERA. DURACIÓN

La duración de la asociación será por tiempo indefinido.

CUARTA. OBJETO SOCIAL

La asociación tendrá por objeto:

1. Promover programas de acceso a vivienda digna para familias mexicanas.

2. Gestionar apoyos sociales, financieros y comunitarios para personas en situación vulnerable.

3. Desarrollar programas de orientación y asistencia en materia de vivienda.

4. Impulsar proyectos sociales relacionados con el bienestar familiar y comunitario.

5. Celebrar convenios con instituciones públicas y privadas nacionales e internacionales.

6. Realizar actividades educativas, sociales, culturales y asistenciales relacionadas con sus fines.

7. Obtener recursos y donativos destinados al cumplimiento de su objeto social.

8. Promover acciones en favor de madres de familia, personas vulnerables y comunidades de bajos recursos.

QUINTA. NACIONALIDAD

La asociación es de nacionalidad mexicana. Todo extranjero que en el acto de constitución o en cualquier tiempo futuro adquiera un interés o participación social en la asociación se considerará como mexicano respecto de dicha participación y se entenderá que conviene en no invocar la protección de su gobierno bajo pena de perder dicho interés en beneficio de la Nación Mexicana.

SEXTA. PATRIMONIO

El patrimonio de la asociación se integrará por:

a) Las cuotas y aportaciones de sus asociados.

b) Los donativos, subsidios y apoyos que reciba.

c) Los bienes muebles e inmuebles que adquiera legalmente.

d) Cualquier otro ingreso lícito relacionado con su objeto social.

SÉPTIMA. ASOCIADOS

La asociación estará integrada por asociados fundadores, activos y honorarios, quienes tendrán los derechos y obligaciones establecidos en los estatutos internos.

OCTAVA. ÓRGANOS DE ADMINISTRACIÓN

La administración de la asociación estará a cargo de:

a) La Asamblea General de Asociados

b) El Director General y Representante Legal

Se designa como Director General y Representante Legal de la asociación a:

Víctor Hugo Luque Salcedo quien contará con las facultades generales para actos de administración, pleitos y cobranzas, así como actos de dominio, en términos de los artículos aplicables del Código Civil Federal y demás legislación correspondiente.

NOVENA. FACULTADES DEL REPRESENTANTE LEGAL

El Representante Legal tendrá las siguientes facultades:

1. Representar legalmente a la asociación ante toda clase de autoridades.

2. Celebrar contratos y convenios.

3. Abrir y administrar cuentas bancarias.

4. Otorgar y revocar poderes.

5. Realizar actos jurídicos necesarios para el cumplimiento del objeto social.

6. Promover programas sociales y de vivienda en nombre de la asociación.

DÉCIMA. EJERCICIO SOCIAL

El ejercicio social comprenderá del primero de enero al treinta y uno de diciembre de cada año

DÉCIMA PRIMERA. DISOLUCIÓN

La asociación podrá disolverse por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria o por cualquiera de las causas previstas en la ley.

En caso de disolución, el patrimonio remanente será destinado a otra organización con fines similares y sin fines de lucro, conforme a la legislación aplicable.

Contacto

programas@fundacionmexicanadevivienda.com

© 2024 FUNDACIÓN MEXICANA DE VIVIENDA

 Av. Vasco de Quiroga 3000                       Colonia Santa Fe Zedec                             alcaldía Alvaro Obregón                              Ciudad de México. CP. 01219